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Artículo 22º Constitucional: Prohibición de penas inusitadas y extinción de dominio.
El Artículo 22º de la Constitución Mexicana prohíbe las penas inusitadas e infamantes, como la pena de muerte, la tortura o multas excesivas, y establece el principio de proporcionalidad en las sanciones. Regula además la figura de la extinción de dominio, que permite al Estado recuperar bienes vinculados con delitos graves bajo control judicial. Este análisis explica sus alcances, principios y retos en su aplicación.
salinaspadillayaso
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