Artículo 13º Constitucional: Prohibición de fueros y privilegios, todos iguales ante la ley.
- salinaspadillayaso
- 19 ago
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El Artículo 13º Constitucional es uno de los pilares más firmes de la igualdad jurídica en México. Establece que nadie puede ser juzgado por leyes privativas ni tribunales especiales, y que ninguna persona o grupo puede gozar de fuero o privilegio judicial.
En otras palabras: en un Estado democrático, todos somos iguales ante la ley, sin importar el cargo, rango, profesión o poder que se ostente. Este principio responde al ideal republicano de justicia universal y sin excepciones.
Contenido esencial del Artículo 13º.
Prohibición de leyes privativas.
Ninguna ley puede ser redactada para aplicarse únicamente a una persona o grupo en específico.
Prohibición de tribunales especiales.
Todos deben ser juzgados por tribunales ordinarios, no por cortes creadas ad hoc para casos concretos.
Restricción al fuero militar.
Los delitos y faltas de orden militar son competencia de tribunales militares solo cuando sean estrictamente militares. Si un militar comete un delito contra un civil, debe ser juzgado por tribunales civiles.
Eliminación de fueros personales.
No existen prerrogativas judiciales permanentes para ningún sector de la sociedad; la justicia debe ser la misma para todos.
Principios fundamentales del Artículo 13º.
1. Igualdad ante la justicia.
Nadie está por encima de la ley; el fuero no puede convertirse en impunidad.
2. Unidad del sistema judicial.
La justicia debe ser impartida por tribunales ordinarios, conforme a un mismo marco legal.
3. Control del poder militar.
El fuero castrense queda limitado, evitando que los tribunales militares se conviertan en espacios de impunidad frente a la población civil.
4. Prohibición de privilegios judiciales.
El artículo cierra la puerta a los “tribunales de excepción” que históricamente se usaban para proteger a poderosos o castigar a opositores.
Obligaciones del Estado.
El Estado mexicano está obligado a:
Garantizar que todas las personas sean juzgadas bajo el mismo marco legal.
Impedir que existan leyes hechas a la medida de personas o grupos.
Supervisar que los militares que vulneren derechos de civiles sean juzgados en tribunales ordinarios.
Erradicar cualquier intento de restaurar fueros como privilegios de impunidad.
Retos y realidades.
En la práctica, este derecho enfrenta tensiones constantes:
Persistencia de figuras de “fuero político” que, en lugar de ser un mecanismo de protección institucional, se han convertido en escudos de impunidad.
Intervención de tribunales militares en casos de violaciones graves a derechos humanos cometidas contra civiles.
Intentos de evadir la justicia ordinaria mediante mecanismos de excepción.
Mexicanos y extranjeros: misma regla.
El principio aplica a todas las personas en México, sin distinción de nacionalidad, rango o cargo: nadie puede ser sujeto a leyes privativas ni tribunales especiales.
Conclusión: sin excepciones en la justicia.
El Artículo 13º Constitucional reafirma que la justicia no admite privilegios ni excepciones. Es un recordatorio contundente de que la república se sostiene sobre la igualdad jurídica y la rendición de cuentas.
En Salinas Padilla | Strategic Legal lo sostenemos con firmeza:
“La ley que crea privilegios deja de ser justicia para convertirse en poder arbitrario.”
Su vigencia real depende de acabar con la cultura de fueros como sinónimo de impunidad y reafirmar que todos, absolutamente todos, respondemos ante la ley.
Siempre hacia adelante, nunca hacia atrás.
CEO | Salinas Padilla | Strategic Legal
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