Artículo 14º Constitucional: Seguridad jurídica, irretroactividad de la ley y debido proceso.
- salinaspadillayaso
- 19 ago
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El Artículo 14º Constitucional es una de las piedras angulares del Estado de Derecho en México. Su esencia es clara: nadie puede ser privado de la libertad, la propiedad, las posesiones o los derechos, sino mediante juicio seguido conforme a leyes expedidas con anterioridad, y con pleno respeto al debido proceso.
Este precepto protege a las personas contra arbitrariedades legislativas, judiciales y administrativas, garantizando que las leyes no se apliquen retroactivamente en perjuicio de nadie y que la justicia se administre bajo reglas claras y previas.
Contenido esencial del Artículo 14º.
Irretroactividad de la ley.
Ninguna ley puede aplicarse hacia atrás en perjuicio de persona alguna.
Solo las leyes vigentes al momento de los hechos pueden usarse para juzgar.
Se permite retroactividad únicamente si beneficia al individuo (principio pro persona).
Garantía de audiencia y debido proceso.
Nadie puede ser privado de sus derechos sin un juicio justo, en el que se escuchen sus defensas y se le respete el procedimiento legal.
Juicios penales.
Nadie puede ser condenado por leyes que no estén vigentes al momento en que se cometió la conducta.
Juicios civiles.
Las sentencias deben fundarse en la letra expresa de la ley; si no la hay, en su interpretación jurídica, y a falta de ésta, en principios generales del derecho.
Principios fundamentales del Artículo 14º.
1. Seguridad jurídica.
Las personas deben vivir bajo la certeza de que las reglas son claras, previas y estables, no cambiantes a capricho del poder.
2. Irretroactividad.
La ley no puede convertirse en un instrumento de persecución, castigando hechos pasados con nuevas normas.
3. Debido proceso.
La garantía de audiencia asegura que toda persona tenga derecho a defenderse antes de ser privada de algo que le pertenece.
4. Pro persona y justicia material.
Si la aplicación retroactiva beneficia al ciudadano, debe admitirse, reforzando el sentido protector de los derechos.
Obligaciones del Estado.
El Estado mexicano debe:
Garantizar que ninguna autoridad aplique la ley de forma retroactiva en perjuicio.
Asegurar que toda privación de libertad, propiedad o derechos se realice con juicio previo y justo.
Proteger el derecho de defensa, notificación y audiencia de toda persona.
Capacitar a jueces y autoridades en la interpretación conforme a principios generales del derecho.
Retos y realidades.
En la práctica, el Artículo 14º enfrenta constantes desafíos:
Aplicación de normas fiscales o administrativas de manera retroactiva.
Sentencias que omiten garantizar plenamente la defensa del afectado.
Interpretaciones judiciales que favorecen al poder en lugar del ciudadano.
Uso discrecional del derecho penal para perseguir políticamente.
Mexicanos y extranjeros: misma protección.
Este derecho protege a toda persona en territorio nacional, sin importar nacionalidad, condición migratoria o estatus social. Es una garantía universal.
Conclusión: certeza jurídica como base de la libertad.
El Artículo 14º Constitucional es la defensa del ciudadano frente a la arbitrariedad del poder. Sin él, la ley se volvería un arma de persecución y la justicia un acto de improvisación.
En Salinas Padilla | Strategic Legal lo afirmamos con contundencia:
“La seguridad jurídica no es un favor del Estado: es la condición mínima para la libertad y la justicia.”
Su cumplimiento real exige jueces valientes, autoridades responsables y ciudadanos conscientes de este derecho.
Siempre hacia adelante, nunca hacia atrás.
José Roberto Salinas Padilla.
CEO | Salinas Padilla | Strategic Legal



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