top of page

Artículo 25º Constitucional: Rectoría económica del Estado y desarrollo nacional con justicia social.

Artículo 25 Constitucional explicado: rectoría económica del Estado y desarrollo nacional en México.
Artículo 25 Constitucional explicado: rectoría económica del Estado y desarrollo nacional en México.

El Artículo 25º Constitucional establece que corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional, para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la soberanía de la Nación y que, mediante la competitividad, el fomento del empleo y una justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de las personas.


Este artículo define la responsabilidad del Estado en la economía, distinguiendo su papel regulador y promotor frente al libre mercado, y enfatiza que el crecimiento económico debe ir de la mano de la equidad social.


Contenido esencial del Artículo 25º.


  1. Rectoría del Estado en la economía.

    • El Estado dirige el desarrollo nacional, equilibrando intereses privados y el bien común.

  2. Finalidad del desarrollo nacional.

    • Integral, sustentable, soberano, generador de empleo y con distribución equitativa de la riqueza.

  3. Sectores de la economía.

    • El Estado promueve y regula las actividades del sector público, social y privado, fomentando su coordinación.

  4. Áreas estratégicas.

    • Existen actividades exclusivas del Estado por su carácter estratégico (como energía nuclear, telecomunicaciones, recursos naturales).

  5. Responsabilidad social y sustentabilidad.

    • El desarrollo debe respetar la sustentabilidad ambiental y atender necesidades de justicia social.


Principios fundamentales del Artículo 25º.


1. Estado rector, no espectador.

La Constitución niega la idea de un Estado ausente; su obligación es orientar la economía hacia el bien común.

2. Equilibrio entre libertad económica y justicia social.

El mercado es importante, pero sin intervención estatal puede generar desigualdad y concentración de riqueza.

3. Desarrollo integral y sustentable.

El crecimiento económico debe respetar la naturaleza y garantizar beneficios colectivos, no solo para élites.

4. Soberanía económica.

El desarrollo nacional debe fortalecer la independencia de México frente a intereses extranjeros.


Obligaciones del Estado.


El Estado mexicano debe:

  • Promover el crecimiento económico con equidad social.

  • Regular actividades económicas para prevenir abusos y monopolios.

  • Proteger áreas estratégicas de la Nación.

  • Fomentar empleo digno, inversión productiva y sustentabilidad ambiental.

  • Coordinar al sector privado, público y social en beneficio del desarrollo nacional.


Retos y realidades.


Aunque el artículo plantea un ideal robusto, la realidad mexicana enfrenta graves obstáculos:

  • Desigualdad social y concentración de la riqueza.

  • Abandono de áreas estratégicas a intereses privados o extranjeros.

  • Políticas económicas que privilegian cifras macroeconómicas sin mejorar la vida cotidiana.

  • Débil implementación del principio de sustentabilidad en el desarrollo.


Mexicanos y extranjeros: misma regla con límites claros.


El artículo protege el desarrollo nacional para todos los habitantes, pero reserva áreas estratégicas y sectores prioritarios exclusivamente al Estado mexicano, limitando la intervención extranjera en ciertos rubros.


Conclusión: rectoría económica como deber del Estado.


El Artículo 25º Constitucional recuerda que el desarrollo no puede dejarse al azar del mercado, sino que requiere dirección estatal con justicia social.


Desde Salinas Padilla | Strategic Legal lo sostenemos con firmeza:


“Un Estado que abdica de su rectoría económica abandona también a su pueblo.”

El reto es hacer de este principio una realidad, orientando el crecimiento hacia la soberanía, la equidad y la dignidad de todos los mexicanos.


Siempre hacia adelante, nunca hacia atrás.


José Roberto Salinas Padilla.

CEO | Salinas Padilla | Strategic Legal

Comentarios


bottom of page